domingo, 9 de septiembre de 2012

Virtud y valores


Qué es la virtud? Qué son los valores? Que es el vicio? Qué son las pasiones?

Para reflexionar sobre este tema, me parece que lo primero que tengo que considerar es que estos aspectos no son comprensibles en su totalidad a través del pensamiento, de la razón, sino que forman parte de una visión holística, es decir, dl conjunto de vivencias que como seres humanos tenemos, haciendo uso de la mente, de la razón, de las emociones, de la voluntad, del espíritu y de muchos de los aspectos que forman parte integral de nuestra esencia.

Cuando hablamos de valores, podemos reducir el concepto a decir que “valor es lo que vale”, es decir, aquello a lo que le atribuimos cierto peso, cierta importancia.

La escala de valores individual está sujeta al condicionamiento cultural de la escala de valores social, y viceversa. Esta última se conforma con los valores que una determinada cultura, una sociedad, atribuye a las cosas. La escala de valores social determina lo que se conoce como “moral”, que viene del latín: mos, moris, y que significa: costumbre. La moral se conforma por los valores que se generan como hábitos sociales considerados como positivos en una cultura y un tiempo determinados.

El estudio y práctica de la moral y la virtud son y han sido desde hace mucho tiempo, áreas de estudio de la filosofía y las religiones. Es por ello que los que practican la virtud han sido calificados como “santos”, como seres fuera de lo ordinario.

Pero no se necesita ser un santo para practicar la virtud. Lo que se requiere es simple voluntad. En su libro “Etica Nicomaquea”, Aristóteles planteaba que todo ser humano es capaz de distinguir el bien del mal, escuchando su “voz interna”, ya sea que esta se interprete como su conciencia, o como la voz del Gran Arquitecto del Universo, que nos guía, aunque a veces pretendamos acallarla, no escucharla o no hacerle caso.

La virtud es en ese sentido, la unión de una visión correcta y una voluntad correcta. Saber que se debe hacer lo correcto, y hacerlo. Ajustar la moral con la praxis, el valor con los hechos.

El ser virtuoso es aquel que sabe que es lo correcto y lo hace; es decir, que puede distinguir el bien del mal, y opta por hacer lo correcto. De lo contrario, seguimos vacilando entre la escala de valores ideal, la que decimos tener, la que quisiéramos; y la escala ideal, la de los valores con los que actuamos, los valores que guían nuestra conducta diaria. Esta doble moral genera angustia en el ser, decepción, frustración y miedo. Nos lleva al lado oscuro y nos incentiva a seguir por el camino del vicio y de las pasiones desenfrenadas.

El budismo plantea la cuestión a través de dos mandalas (círculos) el de los valores reales, y el de los valores ideales, que se unen a través de la virtud (voluntad-acción) y que representa uno de los pasos del óctuple noble sendero descubierto por el iluminado (Buda) para llegar al cese del sufrimiento.

En la Filosofía Griega antigua, dos escuelas trataban de explicar el camino a la felicidad como fin último de la existencia del ser humano: los estoicos consideraban que la felicidad llegaba con el control de las pasiones, de los vicios, para transitar hacia los actos virtuosos. Los epicúreos planteaban como filosofía de vida el hedonismo: el valor del placer sin freno para llegar a la felicidad.

Estoicos y epicúreos dejaron sentadas las bases para otras corrientes filosóficas de occidente, que desarrollaron nuestra concepción dual de virtud y vicio como dos extremos de la conducta humana, dirigidos respectivamente al polo positivo y negativo.

El dominio de las pasiones, como lo planteaban los estóicos, es lo que yo entiendo por “desbastar la piedra en bruto” y de esa manera lograr la práctica de una conducta moral y virtuosa.

La visión correcta, la emoción correcta y la voluntad correcta (los tres primeros pasos del óctuple noble sendero budista) corresponden a esta misma idea: el dominio de la pasión y el vicio, para saber qué es lo correcto y tener la voluntad de hacerlo, transitando entonces hacia la virtud y la moral.

Sois masón?


SOIS MASÓN?

 

Esta pregunta tiene muchas posibles respuestas, o no tiene respuesta alguna.

 

De acuerdo con el origen etimológico de la palabra, el masón es el constructor. Y en sentido metafórico, el masón es el constructor de conocimientos.

 

La liturgia del grado de aprendiz, señala que la masonería es "el estudio de la filosofía y en articular de la Moral" para conocer y practicar la virtud, desbastando la piedra en bruto.

 

Distinguiendo la institución masónica de lo que es propiamente la masonería, en cuanto a su contenido y fines, uno puede ser masón al ingresar a la augusta institución. Formalmente se es masón en cualquiera de sus tres grados: (Aprendiz, hermano y maestro).

 

En el fondo, todo aquel que estudia la filosofía y la moral para llegar a la virtud, transformando en acciones virtuosas su visión moral de la realidad, puede ser masón sin estar formalmente iniciado.

 

Sois masón? Pregunta en la Liturgia del grado de aprendiz el Venerable Maestro al primer vigilante, al inicio de la apertura de los trabajos, y este responde: mis Queridos  Hermanos me reconocen como tal.

 

En mi opinión, quizá yo haya sido masón desde antes de entrar a la institución. Me inicié en ella porque soy masón, o soy masón porque me inicié como aprendiz en la institución masónica?

 

Soy budista. Lo he sido desde hace muchas vidas. Opino que ser budista es ser masón. He iniciado un camino de búsqueda de la verdad a través de la filosofía y la virtud. El budismo llama a esa meta "iluminación." No he llegado a la iluminación en varias vidas, y no sé si lo lograré en esta, pero no por eso dejo de ser budista.

 

Si solo es budista quien alcanza la iluminación, si solo es masón quien logra el dominio de la verdad, no habría budistas ni masones, o habría quizá muy pocos.

 

Un albañil, un constructor es aquel que participa en la construcción. Aun sin saber, sin conocer las técnicas ni los métodos, el aprendiz construye. Con el tiempo, irá perfeccionando su metodología y conocimientos en la construcción, pero en mi opinión se es albañil, se es constructor desde el momento mismo en que se empieza a construir.

 

Los constructores del conocimiento buscan la verdad. Esa es la tarea de la filosofía. El buscador, quien inicia el camino, es constructor, aunque eso no le garantiza alcanzar la verdad, ni que el conocimiento edificado sea sólido y resistente. La masonería es la búsqueda de un conocimiento trascendente, metafísico, espiritual.

 

En la fábula de los tres cerditos y el lobo feroz, uno de ellos construye una casa de paja, que se derriba al primer soplido del lobo (quien representa el temor y la ignorancia). El segundo construye una casa de madera que también cae con algunos soplidos, pero el tercero construye una casa de ladrillos, que soporta cualquier "soplido" del lobo feroz.

 

No todos tienen los mismos materiales, la misma experiencia, el mismo conocimiento, las mismas técnicas o métodos para construir el edificio del conocimiento que te lleve a la verdad, pero todos los buscadores, todos los que iniciamos el camino, somos de alguna manera constructores de ese edificio.

 

La masonería es, al igual que el budismo, un método de estudio, rico en simbolismos, para llegar al conocimiento último. Quien comprende su método puede avanzar en ese camino espiritual.

 

Ser aprendiz de masón es como el cerdito que construye la casa de paja. Con el tiempo y la experiencia, pero sobre todo con la paciencia, comprensión y apoyo de todos mis hermanos en logia, podré avanzar a construir la casa de madera o de ladrillo.

 

Por eso les reconozco y agradezco la oportunidad de presentarme ante ellos y seguir intentando construir el conocimiento de lo trascendente, del mundo sutil que mis ojos no ven, que mis sentidos no perciben.

 

Reforma política


REFORMA POLÍTICA: UNA OPCION PARA LA GOBERNABILIDAD.

1.- El artículo 39 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que:
“La Soberanía Nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

2.- Por su parte, el artículo 41 constitucional establece lo siguiente en su primer párrafo, que:

“El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del pacto federal.”

3.- Por lo anterior, todo proceso de reforma política, tanto a nivel federal como en los Estados de la República; es un acto de ejercicio de la soberanía popular, pues permite acercar el ejercicio del gobierno a la sociedad, al tratar de legitimar y eficientar la función de los órganos políticos del estado. 

4.- La modernización del sistema democrático en la actualidad, es una necesidad urgente, producto de una realidad social dinámica, que plantea nuevos retos para nuestro país en el actual contexto mundial.

 5.- En ese contexto, la sociedad mexicana, está cada día mas interesada en establecer nuevos mecanismos de supervisión y control respecto de los órganos del poder político y el ejercicio de sus funciones.

6.- Por alguna razón, los poderes legislativos no gozan del mas amplio respaldo de la opinión pública y de la sociedad en general. Por ello, es imposible no hacer caso a la cada vez mas amplia expectativa social, sobre la necesidad de eficientar el quehacer de gobierno, permitiendo así alcanzar lo que ahora se ha dado en llamar "gobernanza."

Llamamos genéricamente “reforma política”, a una serie de procesos de rediseño institucional que buscan mejorar algunos aspectos orgánicos y estructurales de los poderes u órganos constituidos de un sistema político, y su relación con la ciudadanía.

Todo proceso de reforma política, tanto a nivel federal como en los Estados de la República; es un acto de ejercicio de la soberanía popular, pues permite acercar el ejercicio del gobierno a la sociedad, al tratar de legitimar y hacer más eficientes la    s funciones de gobierno, buscando siempre las mejores estrategias para aumentar la funcionalidad de los órganos del poder público.

Un poder público legitimado en su origen, ejercicio y fines, es un poder fuerte, necesario para lograr una democracia eficiente y de resultados a través de la consistencia e intensidad en las decisiones de interés colectivo generadas mediante un sistema de  responsabilidades compartidas entre los actores políticos y sociales.

Solo de esta manera, se consolida en estado democrático de derecho: a la luz de instituciones confiables, legitimadas por la acción de la voluntad ciudadana, y sujetas a un marco de legalidad que dote de certeza a su actuación y mejore sus condiciones de gobernabilidad.

La gobernabilidad se mide a través de la relación entre la satisfacción de las necesidades de la sociedad que requieren el diseño de políticas públicas y la prestación de servicios, y el resultado eficaz en las acciones del gobierno, lo que permite legitimar el ejercicio del poder público, ya que la supone un modo de ejercer el poder en un régimen democrático.

Este objetivo requiere un mayor grado de cooperación e interacción entre los órganos del estado y los  actores sociales a través de redes de decisiones mixtas públicas y privadas, es decir, la coordinación de acciones de construcción del orden social.

La gobernabilidad de un estado requiere la existencia de estabilidad institucional y política, que permita lograr la efectividad en la toma de decisiones y el adecuado ejercicio de gobierno. Ello es posible mejorando la capacidad de gobierno para atender demandas de los ciudadanos que son procesadas en menor o mayor medida por los órganos e instituciones del sistema político.

Es por ello que el rediseño de esos órganos, conocido como “reforma política” tiende a dotar de gobernabilidad a las estructuras que son la base del propio sistema.

La modernización del sistema democrático en la actualidad, es una necesidad urgente, producto de una realidad social dinámica, que plantea nuevos retos para nuestro país en el actual contexto mundial de la globalización.

En ese contexto, la sociedad mexicana, está cada día más interesada en  establecer nuevos mecanismos de supervisión y control respecto de los órganos del poder político y el ejercicio de sus funciones.

Esto implica el fortalecimiento de la participación ciudadana, el mayor acercamiento del ejercicio del poder público hacia los fines del bienestar general y el interés colectivo, y sobre todo, la necesaria construcción de ciudadanía, que permita la apropiación de lo público como propio.

Hoy en día, la sociedad mexicana exige una democracia de resultados, que sea producto del acuerdo entre los actores políticos y sociales, para beneficio de todos.

La reforma política nacional:

En tal contexto, el 18 de julio de 2012, en la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, se declaró la validez de la reforma constitucional aprobada por 17 legislaturas estatales, que contempla diversas figuras novedosas en el rediseño institucional del sistema político mexicano, misma que fue promulgada mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de este año.
Algunos de los temas relevantes que contempla dicha reforma, son los siguientes:

·         Se reconocen las candidaturas independientes para cualquier cargo de elección popular a partir de 2015.

·         Se reconoce el derecho de los ciudadanos a iniciar leyes ante el Congreso. (iniciativa popular)

·         Permite las consultas populares convocadas por el Presidente de la República, una tercera parte del Congreso o el 2% de la lista nominal de electores. (Plebiscito y referéndum)

·         Faculta al Congreso para sustitución del Presidente de la República en caso de falta absoluta. Cuando falte el Presidente de la República y en tanto el Congreso nombra al Presidente interino, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Ejecutivo federal.

·         El Presidente podrá rendir protesta ante el Congreso del Unión, las mesas directivas, la Comisión Permanente o la SCJN.

·         Derecho de iniciativa preferente para el titular del Poder Ejecutivo. Podrá enviar dos iniciativas cada periodo de sesiones, que deberán ser analizadas y discutidas obligatoriamente por el Congreso en ese mismo periodo de sesiones.
 
Sin embargo, algunos temas que quedaron pendientes en dicha reforma son:

·        Segunda vuelta en elección presidencial. (Ballotage)

·        Reelección de legisladores y presidentes Municipales.

·        Reducir de cinco a dos meses la toma de posición del Presidente electo, con el fin de que la protesta se rinda el 1 de septiembre y no 1 de diciembre como hasta ahora.

·        Reducción del número de legisladores electos por el principio de representación proporcional.

Por lo que resulta evidente que se logró un gran avance en la consolidación de figuras democráticas que abonan a favor de una mejor interacción entre los actores políticos y sociales, así como el fortalecimiento institucional de los poderes, sin embargo, el proceso sigue incompleto y debemos estar al pendiente de que el poder legislativo federal en la siguiente legislatura dé continuidad al análisis y discusión de los temas que no pudieron agotarse.

Transparencia y acceso a la información pública

Vivir en un estado democrático de derecho se ha vuelto solo una frase trillada. Como un fin o un verdadero objetivo del modelo de sociedad organizada. Principios como la transparencia, rendición de cuentas, combate a la corrupción y la cultura de la legalidad, se alejan cada vez mas de la realidad social que se vive en nuestro país. Temas como los derechos humanos y la transparencia en el actuar de los gobernantes, llegan a imponeres como "modas" en el análisis del entorno polìtico mexicano, pero distan mucho de ser parte de la vivencia cotidiana de nuestra sociedad. Vivir en la opacidad (falta de transparencia) fomenta la corrupciOn. Evita la rendición de cuentas, aleja al ciudadano del gobierno y nos hace olvidar cuales son los fines que justifican la existencia del estado y sus autoridades. Es por eso que como sociedad tenemos derecho a exigir la transparencia de los actos y decisiones de las autoridades. "Nada de lo colectivo me es ageno" cuando soy un ciudadano que entiende lo que es formar parte y apropiarme de mi responsabilidad en las decisiones y acciones que nos afectan o nos benefician a todos. Y esa transparencia se traduce en rendición de cuentas, y esta a su vez en combate a la corrupción, lo que al mismo tiempo produce el respeto a las leyes, y en consecuencia fomenta la cultura de la legalidad, en un país como el nuestro en el que hace tanta falta. Y la cultura de la legalidad en la autoridad obliga a la sociedad a respetar las leyes, y por supuesto que el respeto a las leyes es piedra fundamental para acabar con la inseguridad, los delitos y otros actos que atentan contra la ley y los derechos de los demás. Así es que parecería que la transparencia es un respiro necesario para nuestro modelo de estado "democrático" y "de derecho" que solo existe en el discurso político. Y la transparencia como política de estado, es madre, creadora o generadora de dos derechos humanos: 1.- El derecho de acceso a la información pública en manos de entes gubernamentales. Y 2.- El derecho a la protección de datos personales. Y estos dos derechos requieren mecanismos de garantía o de defensa. Uno de ellos se representa por medios no jurisdiccionales (IFAI, INFO-DF) y el otro lo constituyen los medios jurisdiccionales (como el Juicio de Amparo). Cuantos de nosotros conocemos y usamos esas herramientas para tutelar estos derechos humanos?

Teoría de la justicia y los derechos humanos

Teoría de la Justicia y los derechos humanos. ?Existe la justicia? ?Será cierto eso de que hay que "dar a cada quien lo suyo"? ?Y como saber que es lo que corresponde a cada quien? Desde hace muchos años, seguimos un anhelo de justicia, queremos alcanzarla, tocarla, sentirla, pero a ciencia cierta, no sabemos lo que es la justicia. ?Es justo que llueva? ?Es justo que un león se coma a una pequeña e indefensa cebra? ?Alguien se tomaría la molestia de calificar estos sucesos como justos o injustos, o se trata simplemente de cosas que pasan? Tenemos instituciones encargadas de la "Procuración de Justicia", la "Administración o impartición de justicia," pero: ?realmente tenemos justicia? ?Pueden las instituciones judiciales o las Procuradurías, realmente "hacer justicia"? Y es que hay que reconocer que lo justo y lo injusto son juicios de valor, y como tales, son esencialmente subjetivos: Lo que para uno es justo, para el otro no lo es. Al resolver un juicio, ?el juez hace justicia? Preguntenle a la parte que perdió, a la que no obtuvo una resolución favorable a sus intereses. La justicia no es lo mismo que la aplicación de la ley. Puede haber conflicto entre justicia y legalidad. El Juez, al aplicar la ley, puede ser injusto, o para hacer justicia, a veces debería apartarse de la ley. ?Acaso existe solo la "justicia divina"? ?Y esta es una especie de castigo por nuestras "malas" acciones? ?O se trata simplemente de asumir las consecuencias de nuestros actos? Existen muchas personas que tratan de escapar de las consecuencias de sus actos, pero hasta ahora, no se sabe de ninguna que lo haya logrado. Ver la realidad como es, sin etiquetas de lo "bueno" o lo "malo", de lo "justo" o de lo "injusto", nos puede ayudar a vivir en un mundo libre de frustraciones. Se nos dice que hay que alcanzar la perfección en lo que hacemos, luego nos dicen que nada ni nadie es perfecto, y ese es un perfecto ejemplo de como generar frustración ante metas inalcanzables. Se nos dice que hay que hacer y exigir justicia, pero no sabemos que es o como se alcanza. No hay ni puede haber un solo parámetro que nos diga qué es lo justo y que es lo injusto. Recordemos aquella resolución del sabio y justo Rey Salomón: cuando dos mujeres se disputaban la maternidad de un menor, él decidió que el niño fuera partido a la mitad. Una de las mujeres prefirió que el niño quedara en manos de la otra, antes que permitir lo cortaran. El Rey ordenó que el menor quedara en manos de la mujer que mostró ese gesto tan noble. Esa decisión "salomónica" es reconocida como un acto de justicia. ?Ustedes que opinan? Y pensar que en nuestra constitución existe un artículo que establece el derecho humano de todos los mexicanos a exigir "justicia." Ese derecho, también nos da la obligación de no hacer "justicia" por propia mano (Artículo 17 de la Constitución mexicana).

viernes, 19 de agosto de 2011

Reformas constitucionales en materia de derechos humanos y sus garantías

El 6 y 10 de junio de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, dos reformas constitucionales que transforman radicalmente el modelo de organización jurídica del estado mexicano; a tal grado que podríamos decir que es la reforma constitucional mas importante desde 1917, en que fue expedida la constitución mexicana vigente; pues modifica sustancialmente la llamada "parte dogmática" de la constitución.

Esta reforma contiene modificaciones importantes en aspectos sustantivos, orgánicos y procesales, respecto a los derechos humanos.

La reforma publicada el 10 de junio de 2011, implica modificaciones conceptuales y epistemológicas a la noción de los derechos humanos, que impactan sustancialmente en lo que se venía considerando como nuestra propia "Teoría de los Derechos Humanos."

En el artículo 1 constitucional, se regresa a la visión iusnaturalista que prevalecía en la constitución de 1857, al establecer que la constitución reconoce los derechos humanos, a diferencia del texto original de 1917 que consideraba las garantías como algo otorgado por la propia norma.

Con dichas reformas dejaron de existir las "garantías individuales" (como concepto), así como el principio de "agravio personal y directo" y el de "relatividad de las sentencias" en materia de Amparo.

Se distingue, siguiendo la teoría del Dr. Héctor Fix Zamudio, los derechos consagrados en la norma, de sus "garantías" o medios de protección y defensa, como el Juicio de Amparo, o las Comisiones de Derechos Humanos.

Debido a lo anterior, será necesario incluso volver a escribir todos los libros de Garantías y Amparo, (principalmente el libro de texto mas recurrido, que es el del Doctor Ignacio Burgoa) y reelaborar los programas de esas materias en todas las universidades del país.

Se han incorporado al artículo 1 de la constitución, la obligación de todos los jueces y autoridades legislativas y administrativas, a nivel federal, local y municipal; de respetar y proteger los derechos humanos.

Igualmente, se está dando a los tratados de derechos humanos el mismo nivel que la propia constitución (se podrá hasta promover amparo por violación a tratados), y se incorpora a la constitución el "principio pro homine" como fundamento básico en la interpretación de normas relativas a derechos humanos.

Asimismo, se incorporan principios como la integralidad, la universalidad y la progresividad, que se describen como caracteristicas primordiales de los derechos humanos.

El amparo en México deja de ser "juicio de garantías", y ahora lo será de "derechos humanos." Se hacen "justiciables" los derechos colectivos (como lo propuse en mi libro "Los derechos económicos, sociales y culturales, y su justiciabilidad en el derecho mexicano, publicado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM).

En la reforma se incorporan los derechos humanos como un principio a seguir en materias como la educación (artículo 3) la readaptación social de delincuentes (artículo 18) o la política exterior mexicana (Artículo 89 fracción X)

También debe resaltarse que la reforma incluye, en el desarrollo del derecho a la no discriminación, el adjetivo "sexuales", que había sido negado a la discriminación por preferencias en la reforma constitucional que insertó el texto de ese derecho en el artículo 1 de nuestra Carta Magna, publicada el 14 de agosto de 2001.

De igual forma, debe resaltarse el hecho de que se tocaron figuras que permanecieron intocadas durante mucho tiempo, como la "suspensión de garantías" (hoy suspensión de derechos humanos) prevista en el artículo 29 constitucional, para armonizarla con la reforma, y el artículo 33, dando por primera vez derecho a una debida defensa a los extranjeros expulsados del territorio nacional, cuya presencia pueda ser considerada perniciosa para el país.

En otro orden de ideas, con estas reformas el amparo deja de ser solo un juicio de "control de constitucionalidad" y se vuelve también "control de convencionalidad" (en relación a los tratados).

Se refuerza también la facultad de la CNDH para ejercer "presión" para que sus recomendaciones sean aceptadas, al tener la posibilidad de citar a los funcionarios ante las comisiones legislativas de la materia, para que informen las causas por las que no aceptan alguna recomendación, o las razones por las que no se haya cumplido alguna recomendación una vez aceptada.

Por otro lado, la resolución de la Suprema Corte en el caso Radilla (atendiendo a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) precisa que si los militares cometen un delito contra civiles, podrán ser juzgados en tribunales no militares. Esta era una demanda muy antigua de muchos defensores de derechos humanos, y representa un paso mas adelante en Derechos Humanos con las reformas constitucionales y con la actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además de ello, esta histórica resolución reconoce, de conformidad al texto de las reformas que se analizan, que los jueces de los estados deben apegarse a los derechos humanos previstos en la constitución por encima de cualquier otra disposición contenida en sus propias leyes locales. Este criterio contraviene el criterio histórico que había sostenido la propia Suprema Corte al respecto.

Siguiendo con las reformas, la publicada el 6 de junio nos lleva a que el "Amparo contra Leyes" ahora se deberá llamar "Amparo contra normas de carácter general" y podrá tener efectos "erga omnes" o generales, a diferencia de la relatividad de los efectos de las sentencias (mal llamada "fórmula Otero") que actualmente provoca estados de excepción al permitir que solo quienes tienen dinero para tramitar un amparo puedan dejar de sufrir la aplicación de una ley inconstitucional

Es urgente la reforma a la Ley de Amparo para ajustarla a las reformas constitucionales recientes. Por lo anterior, es necesario que los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión empiecen de manera inmediata a trabajar en ello. Se necesitará también la opinión del Poder Judicial, académicos y especialistas.

Otro de los puntos importantes de la reforma de derechos humanos (que contiene aspectos sustantivos, orgánicos y procesales) fue quitar el "candado" que impedía a la CNDH conocer de asuntos en materia laboral. A partir de ahora, tiene competencia para este tipo de asuntos.

sábado, 30 de julio de 2011

Volvimos!!!!!

Después de algún tiempo de ausencia, por fin puedo retomar la herramienta del blog. Esto, debido a que por fin puedo operar desde mi celular, la inclusión de nuevas entradas. No cabe duda que la tecnología tiene sus secretos. Un aspecto tan elemental me mantuvo mas de un año lejos del blog. Debo aclarar que mas o menos ese mismo tiempo, la Black Berry me ha mantenido alejado de una computadora (PC, Lap Top, Notebook, o cualquier otro medio similar). El contar con "documents to go", que me proporciona word para BB, me ha permitido prescindir del medio de una computadora. Es mucho mas práctico para mi utilizar este medio, con sus teclas pequeñas,reducida capacidad de almacenaje de información, y escaso espacio necesario para su transportación. Durante este tiempo, facebook y twitter, sitios de miniblogueo, me han permitido desarrollar la habilidad de escribir ideas de manera concreta, y compartirlas en tiempo real con enormes cantidades de gente. A la fecha, alrededor de 1,200 seguidores en twitter y aproximadamente 3,600 amigos en facebook, son un número importante para alguien como yo que carece de proyección pública alguna. Ideas y contactos han sido mis únicas herramientas para lograr ese incremento considerable en mi red virtual. Irónico que los compañeros de distintos grupos trabajan en una herramienta (el blog) que yo les recomiendo, y en la que he estado un tanto rezagado. Por otro lado, creo que no les volveré a dar mi dirección de blog como muestra, pues observo que dejan comentarios sobre sus actividades de aprendizaje en mi blog, en vez de trabajar en los suyos!!!!!. A partir de hoy, regresamos a "Un Mundo Nuevo", y seguiremos compartiendo con todos ustedes una serie de temas de análisis sobre tópicos diversos. Gracias por su paciencia, gracias por su atención y sigamos con nuestro ejercicio. Namaste