lunes, 9 de febrero de 2015

Las candidaturas independientes

La candidaturas independientes.

He tenido al oportunidad de estudiar este tema desde diferentes trincheras, por un lado, como especialista en temas de derechos humanos y académico, por el otro como integrante de un órgano electoral que participó en la configuración de la actual normativa. Pero además de lo anterior, tuve la fortuna de inscribirme como aspirante en el proceso electoral del 2000. Las candidaturas independientes son fruto de la articulación de diferentes sectores para fomentar una participación política paralela a la existente a través de los partidos políticos.

Las candidaturas independientes se incorporaron a nivel constitucional, en la reforma de 2012 al Artículo 35, fracción II, que consagra el derecho a ser votado. Corresponde a la ley general y en el caso del Distrito Federal, al código electoral local, establecer los requisitos de registro, así como las prerrogativas y obligaciones de este nuevo mecanismo de participación política.

Así, conforme a la Ley General, pueden participar como candidatos independientes a ocupar cargos de elección popular para el cargo de Presidente (con el 1% de apoyo del electorado nacional), senadores (el 2%) y diputados (2%), siendo necesario obtener el apoyo ciudadano en un plazo de 120, 90 y 60 días respectivamente. En el caso del Distrito Federal, la legislación permite a los ciudadanos participar como candidato independiente para los cargos de Jefe de Gobierno, diputados locales bajo el principio de mayoría relativa y jefes delegacionales.

Entre los derechos y prerrogativas más importantes de los candidatos independientes destacan: participar en campañas, acceder a tiempo de medios de radio y televisión en tiempos de campaña, obtener financiamiento público y privado, designar representantes ante los órganos electorales con voz pero sin voto, hacer actos de campaña y difundir propaganda y promover recursos por cuenta propia.

Por lo que hace a las obligaciones, nos encontramos con que los candidatos independientes deben: respetar las leyes de la autoridad electoral y los topes de campaña, otorgar a la autoridad electoral la información que solicite, ejercer las prerrogativas y el financiamiento exclusivo para los gastos de campaña, informar sobre el origen y monto de los ingresos, no recibir aportaciones y donaciones de persona física o moral, no utilizar en la propaganda política y electoral logo de partido político alguno, depositar en la cuenta de banco las aportaciones y realizar los egresos de los actos de campaña de dicha cuenta, insertar en la propaganda visiblemente la leyenda “candidato independiente”.

En ejercicio de su atribución, el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) publicó el 24 de noviembre de 2014, los lineamientos correspondientes, así como la convocatoria para el registro de candidaturas independientes a los cargos de jefe delegacional y diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para participar en la jornada electoral del próximo 7 de junio.

El proceso de registro para obtener la candidatura como independiente en el Distrito Federal consta de 4 etapas. La primera consistió en obtener el registro como aspirante a candidato independiente, después de lo cual, del 1 de enero al 30 del mismo mes los aspirantes se dedicaron a obtener el respaldo ciudadano, como segunda etapa. Los aspirantes tuvieron como fecha límite el 3 de febrero para entregar sus firmas de apoyo correspondiente, de acuerdo con el cargo y la circunscripción al que aspiraban. Quedan pendientes las etapas consistentes en obtener el dictamen sobre el respaldo ciudadano exigido por la ley y el propio registro de los candidatos independientes.

En las oficinas de los consejos distritales del IEDF, de un total de 145 candidatos independientes que se registraron, fueron 68 los que entregaron las firmas de apoyo; 21 aspirantes a jefes delegacionales (Milpa Alta, donde se recabaron más firmas de apoyo, seguida de Miguel Hidalgo y Coyoacán), y 47 para diputados locales (distritos 18, seguido por 17 y 40).

Recabados los paquetes, el IEDF los entregó al Instituto Nacional Electoral para el cotejo de firmas con el listado nominal. El órgano nacional entregará el resultado, y el IEDF a su vez, entre el 10 y 20 de marzo, otorgará el registro a los candidatos acreditados, siempre que se cumpla con los requisitos de ley. Los candidatos independientes harán campaña entre abril y mayo, de manera paralela a los candidatos partidistas.

Las candidaturas independientes serán un paso importante hacia la ciudadanización de los procesos electorales; un logro de todos quienes, a través de medios como la sociedad civil organizada y la academia, hemos defendido los derechos políticos como derechos humanos y hemos sido impulsores de mecanismos alternativos de participación política. Estamos ciertos que, una vez concluido el proceso, habrá elementos dignos de ser evaluados y mejorados.

Sin duda, los comicios del próximo 7 de junio de 2015 gozarán de un amplio abanico de participantes, con la incorporación de los candidatos independientes, además de los candidatos de los tres partidos que recientemente alcanzaron su registro. Los votantes tendrán para elegir otras opciones y alternativas a las que brindan los partidos políticos.

Las autoridades electorales tienen el compromiso de proteger los derechos de los candidatos independientes durante todo el proceso.  En el caso del Tribunal Electoral, como integrante del Pleno y con experiencia como ex aspirante a candidato independiente, estoy cierto de que contribuirán a enriquecer la competencia electoral, y generar una nueva opción para la alternancia en el poder. La jornada cívica del 7 de junio será, eso sí, una cita más con la democracia mexicana.

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