viernes, 19 de agosto de 2011

Reformas constitucionales en materia de derechos humanos y sus garantías

El 6 y 10 de junio de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, dos reformas constitucionales que transforman radicalmente el modelo de organización jurídica del estado mexicano; a tal grado que podríamos decir que es la reforma constitucional mas importante desde 1917, en que fue expedida la constitución mexicana vigente; pues modifica sustancialmente la llamada "parte dogmática" de la constitución.

Esta reforma contiene modificaciones importantes en aspectos sustantivos, orgánicos y procesales, respecto a los derechos humanos.

La reforma publicada el 10 de junio de 2011, implica modificaciones conceptuales y epistemológicas a la noción de los derechos humanos, que impactan sustancialmente en lo que se venía considerando como nuestra propia "Teoría de los Derechos Humanos."

En el artículo 1 constitucional, se regresa a la visión iusnaturalista que prevalecía en la constitución de 1857, al establecer que la constitución reconoce los derechos humanos, a diferencia del texto original de 1917 que consideraba las garantías como algo otorgado por la propia norma.

Con dichas reformas dejaron de existir las "garantías individuales" (como concepto), así como el principio de "agravio personal y directo" y el de "relatividad de las sentencias" en materia de Amparo.

Se distingue, siguiendo la teoría del Dr. Héctor Fix Zamudio, los derechos consagrados en la norma, de sus "garantías" o medios de protección y defensa, como el Juicio de Amparo, o las Comisiones de Derechos Humanos.

Debido a lo anterior, será necesario incluso volver a escribir todos los libros de Garantías y Amparo, (principalmente el libro de texto mas recurrido, que es el del Doctor Ignacio Burgoa) y reelaborar los programas de esas materias en todas las universidades del país.

Se han incorporado al artículo 1 de la constitución, la obligación de todos los jueces y autoridades legislativas y administrativas, a nivel federal, local y municipal; de respetar y proteger los derechos humanos.

Igualmente, se está dando a los tratados de derechos humanos el mismo nivel que la propia constitución (se podrá hasta promover amparo por violación a tratados), y se incorpora a la constitución el "principio pro homine" como fundamento básico en la interpretación de normas relativas a derechos humanos.

Asimismo, se incorporan principios como la integralidad, la universalidad y la progresividad, que se describen como caracteristicas primordiales de los derechos humanos.

El amparo en México deja de ser "juicio de garantías", y ahora lo será de "derechos humanos." Se hacen "justiciables" los derechos colectivos (como lo propuse en mi libro "Los derechos económicos, sociales y culturales, y su justiciabilidad en el derecho mexicano, publicado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM).

En la reforma se incorporan los derechos humanos como un principio a seguir en materias como la educación (artículo 3) la readaptación social de delincuentes (artículo 18) o la política exterior mexicana (Artículo 89 fracción X)

También debe resaltarse que la reforma incluye, en el desarrollo del derecho a la no discriminación, el adjetivo "sexuales", que había sido negado a la discriminación por preferencias en la reforma constitucional que insertó el texto de ese derecho en el artículo 1 de nuestra Carta Magna, publicada el 14 de agosto de 2001.

De igual forma, debe resaltarse el hecho de que se tocaron figuras que permanecieron intocadas durante mucho tiempo, como la "suspensión de garantías" (hoy suspensión de derechos humanos) prevista en el artículo 29 constitucional, para armonizarla con la reforma, y el artículo 33, dando por primera vez derecho a una debida defensa a los extranjeros expulsados del territorio nacional, cuya presencia pueda ser considerada perniciosa para el país.

En otro orden de ideas, con estas reformas el amparo deja de ser solo un juicio de "control de constitucionalidad" y se vuelve también "control de convencionalidad" (en relación a los tratados).

Se refuerza también la facultad de la CNDH para ejercer "presión" para que sus recomendaciones sean aceptadas, al tener la posibilidad de citar a los funcionarios ante las comisiones legislativas de la materia, para que informen las causas por las que no aceptan alguna recomendación, o las razones por las que no se haya cumplido alguna recomendación una vez aceptada.

Por otro lado, la resolución de la Suprema Corte en el caso Radilla (atendiendo a una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos) precisa que si los militares cometen un delito contra civiles, podrán ser juzgados en tribunales no militares. Esta era una demanda muy antigua de muchos defensores de derechos humanos, y representa un paso mas adelante en Derechos Humanos con las reformas constitucionales y con la actuación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Además de ello, esta histórica resolución reconoce, de conformidad al texto de las reformas que se analizan, que los jueces de los estados deben apegarse a los derechos humanos previstos en la constitución por encima de cualquier otra disposición contenida en sus propias leyes locales. Este criterio contraviene el criterio histórico que había sostenido la propia Suprema Corte al respecto.

Siguiendo con las reformas, la publicada el 6 de junio nos lleva a que el "Amparo contra Leyes" ahora se deberá llamar "Amparo contra normas de carácter general" y podrá tener efectos "erga omnes" o generales, a diferencia de la relatividad de los efectos de las sentencias (mal llamada "fórmula Otero") que actualmente provoca estados de excepción al permitir que solo quienes tienen dinero para tramitar un amparo puedan dejar de sufrir la aplicación de una ley inconstitucional

Es urgente la reforma a la Ley de Amparo para ajustarla a las reformas constitucionales recientes. Por lo anterior, es necesario que los grupos parlamentarios en el Congreso de la Unión empiecen de manera inmediata a trabajar en ello. Se necesitará también la opinión del Poder Judicial, académicos y especialistas.

Otro de los puntos importantes de la reforma de derechos humanos (que contiene aspectos sustantivos, orgánicos y procesales) fue quitar el "candado" que impedía a la CNDH conocer de asuntos en materia laboral. A partir de ahora, tiene competencia para este tipo de asuntos.

sábado, 30 de julio de 2011

Volvimos!!!!!

Después de algún tiempo de ausencia, por fin puedo retomar la herramienta del blog. Esto, debido a que por fin puedo operar desde mi celular, la inclusión de nuevas entradas. No cabe duda que la tecnología tiene sus secretos. Un aspecto tan elemental me mantuvo mas de un año lejos del blog. Debo aclarar que mas o menos ese mismo tiempo, la Black Berry me ha mantenido alejado de una computadora (PC, Lap Top, Notebook, o cualquier otro medio similar). El contar con "documents to go", que me proporciona word para BB, me ha permitido prescindir del medio de una computadora. Es mucho mas práctico para mi utilizar este medio, con sus teclas pequeñas,reducida capacidad de almacenaje de información, y escaso espacio necesario para su transportación. Durante este tiempo, facebook y twitter, sitios de miniblogueo, me han permitido desarrollar la habilidad de escribir ideas de manera concreta, y compartirlas en tiempo real con enormes cantidades de gente. A la fecha, alrededor de 1,200 seguidores en twitter y aproximadamente 3,600 amigos en facebook, son un número importante para alguien como yo que carece de proyección pública alguna. Ideas y contactos han sido mis únicas herramientas para lograr ese incremento considerable en mi red virtual. Irónico que los compañeros de distintos grupos trabajan en una herramienta (el blog) que yo les recomiendo, y en la que he estado un tanto rezagado. Por otro lado, creo que no les volveré a dar mi dirección de blog como muestra, pues observo que dejan comentarios sobre sus actividades de aprendizaje en mi blog, en vez de trabajar en los suyos!!!!!. A partir de hoy, regresamos a "Un Mundo Nuevo", y seguiremos compartiendo con todos ustedes una serie de temas de análisis sobre tópicos diversos. Gracias por su paciencia, gracias por su atención y sigamos con nuestro ejercicio. Namaste